- #CÓDIGOS
- 06.12.2018
FUERTES CRÍTICAS
Las claves del rechazo a los dos códigos aprobados este jueves en la Legislatura
Diseñados a medida de los desarrolladores inmobiliarios. Tendientes a empeorar el colapso de los servicios y la crisis habitacional. Destructores de identidades barriales. Estos son algunos de los cuestionamientos planteados por el Observatorio del Derecho a la Ciudad.
Una vez más, el oficialismo votó en soledad y logró la aprobación de una iniciativa propia y polémica: sancionar los nuevos códigos Urbanístico y de Edificación. El rechazo se manifestó durante todo el proceso previo y se hizo oír este jueves dentro del recinto, durante la sesión ordinaria. El Observatorio del Derecho a la Ciudad fue una de las organizaciones que luchó en contra de esta medida, resistida también por agrupaciones vecinales, ambientalistas y de derechos civiles. Aquí, el punteo que elaboró el Observatorio con las claves del rechazo a dos códigos que ya son ley en territorio porteño:
1. El debate del Código Urbanístico y del nuevo Código de Edificación se inicia con una planificación de la ciudad desactualizada y sesgada, porque se parte de un Plan Urbano Ambiental (PUA), aprobado en el año 2009, elaborado con un diagnóstico de los años ´90 y que debía haberse actualizado cada cinco años.
2. Se suma a esta situación el hecho de que la ciudad carece de un Modelo Territorial.
3. Desde el año 1996 que los gobiernos han incumplido con el mandato constitucional de sancionar un Código Ambiental para la ciudad.
4. Desde sus orígenes, tanto el Código Urbanístico como el de Edificación fueron formulados con y para los desarrolladores inmobiliarios, para su seguridad jurídica y para garantizar futuros negocios inmobiliarios.
5. El blanqueo inmobiliario y el aumento de la capacidad constructiva que promueven el Código refleja estos intereses. Basándose en el criterio de inducir un aumento estimativo de la población de la ciudad a seis millones de residentes.
6. Profundizará el colapso de los servicios públicos y la crisis habitacional. Generará el aumento del valor de la vivienda con un mercado inmobiliario absolutamente desregulado.
7. Las futuras viviendas serán de 18 m2. (Esto fue planteado y resaltado durante las audiencias públicas. Incluso, una vecina expuso una superficie en papel de esa dimensión, para dar cuenta de cuán pequeñas serán las nuevas propiedades.)
8. No otorga ninguna respuesta a las actuales deficiencias y necesidades poblacionales en términos de infraestructura de servicios públicos, de espacios verdes, de transporte y de equipamientos básicos de salud y educación. Tampoco da respuestas sobre cómo equilibrarán estas demandas que se incrementarán conforme al aumento de la densificación poblacional como consecuencia del aumento de las edificaciones. De las 900 páginas del Código Urbanístico sólo se destina un párrafo a la cuestión de los servicios públicos domiciliarios.
9. No garantiza la protección de las propias identidades de los barrios, sectores y manzanas que desde el Plan Urbano Ambiental expresamente fomentaba con la debida atención proteger y potenciar.
10. Está orientado a promover un blanqueo de las ilegalidades e irregularidades inmobiliarias generadas a partir de los permisos de obra y habilitaciones que han sido otorgados no respetando el actual Código de Planeamiento, o a partir de la ausencia de control del estado. Este blanqueo es gratuito. Los que no respetaron las leyes no pagarán absolutamente nada para que la Legislatura subsane sus ilegalidades.
11. No generará que disminuya el precio de las viviendas. Este Código deja absoluta libertad al tipo de viviendas a construir que en los últimos años aproximadamente la mitad han sido viviendas suntuosas. Tampoco establece la exigencia que las construcciones deban tener un uso real y concreto, lo que ha generado que el 10 por ciento de las viviendas de la ciudad se encuentren ociosas.
12. Es un código abstracto porque persigue en términos morfológicos la unificación de los perfiles en altura, sin tener en cuenta las propias especificidades de las zonas que atraviesa, ni la situación real de las manzanas que serán impactadas. Duplica la posibilidad de aplicar la excepción de Enrase o Completamiento de Tejido que conllevará la destrucción de la morfología que se pretende instalar con el Código, e impide una real proyección del horizonte poblacional que tendrá una zona.
13. Es un retroceso en cuestiones de protección patrimonial y de accesibilidad.
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