JUSTICIA PORTEÑA

El Gobierno porteño deberá indemnizar a un camarógrafo herido en la represión del Borda

Deberá pagarle por las lesiones que le produjeron los efectivos de la Policía Metropolitana durante la represión en el hospital. Se trata del trabajador de C5N Mario Javier Ricci.

Un tribunal de la Ciudad condenó al Gobierno porteño a indemnizar al camarógrafo de C5N, Mario Javier Ricci, por las heridas que le causaron efectivos de la Policía Metropolitana durante la represión contra médicos, enfermeros, pacientes y periodistas en el Hospital Borda, en 2013.

Es la primera causa de dicha represión que consigue una sentencia favorable., Cabe resaltar que tanto Mauricio Macri, jefe de Gobierno de ese momento, y María Eugenia Vidal, ministra de Desarrollo Social en 2013, fueron sobreseídos. El mediodía del 26 de abril de 2013, el camarógrafo fue alcanzado por balas de goma, uno de sus brazos, dolorido, hinchado y amoratado, comenzó a expulsar perdigones varios días después de haber recibido los impactos, según consignó Tiempo Argentino. Hoy padece una incapacidad del diez por ciento de su capacidad obrera.

La jornada represiva en el Hospital Borda terminó con 32 personas heridas y sólo fueron procesados algunos integrantes de la Metropolitana, y por delitos de escasa relevancia penal. Los heridos continuaron entonces con la demanda frente a los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires al gobierno porteño.

De allí, Ricci obtuvo una condena reparatoria. El fallo a favor del camarógrafo de C5N sostiene que el gobierno porteño incurrió en “incumplimiento a los deberes de asegurar la plena protección a la integridad física, psíquica y moral de las personas” que participaron, de una u otra forma, en el reclamo contra una decisión del gobierno vinculada con el hospital neuropsiquiátrico.

Y sostiene que “si se ocasionan daños a quien se encuentra desempeñando la actividad periodística en ningún caso se puede justificar el perjuicio, o eximir de responsabilidad a quien lo causó”. En efecto, Ricci sufrió las lesiones por “disparos de un arma de fuego cargada con proyectiles de goma, encontrándose en el suelo, a una distancia menor a tres metros”.

La Policía Metropolitana, según el fallo (que suscribieron, además de Balbín, Mariana Díaz y Esteban Centanaro), no actuó como se esperaba de una fuerza de seguridad profesional: “Se trataba de la cobertura periodística de un conflicto entre autoridades públicas, pacientes y profesionales en un hospital dependiente de la CABA, por lo que válidamente podía asumirse que los protagonistas del enfrentamiento se comportarían de un modo adecuado”.

Los camaristas defendieron con vehemencia la necesidad de cubrir periodísticamente esos acontecimientos no sólo como un derecho sino como una necesidad de la sociedad. “La profesión de periodista implica precisamente el buscar, recibir y difundir información. El ejercicio del periodismo, por tanto, requiere que una persona se involucre en actividades que están definidas o encerradas en la libertad de expresión. El ejercicio profesional del periodismo no puede ser diferenciado de la libertad de expresión, por el contrario, ambas cosas están evidentemente imbricadas, pues el periodista profesional no es, ni puede ser, otra cosa que una persona que ha decidido ejercer la libertad de expresión de modo continuo, estable y remunerado”, explica.

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