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- 22.11.2017
TAXI VS UBER
La Justicia porteña pidió el encarcelamiento del CEO de Uber
Así lo dictaminó la Fiscalía de la Ciudad, también determinó que la empresa de transporte de pasajeros evadió la suma de $ 1.044.659, 27 pesos en concepto de impuestos sobre los Ingresos Brutos
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) dictaminó oficialmente que la empresa de transporte de pasajeros UBER Argentina evadió la suma de $ 1.044.659, 27 pesos en concepto de impuestos sobre los Ingresos Brutos, dato que surge debido a un pedido del Fiscal de Cámara de la Ciudad, Martín Lapadú, a la AGIP en esta causa Penal Tributaria contra UBER y sus directivos.
Atento estos datos, se modificó la carátula de la causa, pasando a constituir el delito de Evasión Agravada, puesto que intervinieron personas interpuestas para ocultar al verdadero sujeto obligado, y el monto de la evasión supera los 800.000 pesos. Así también, al formar parte de una organización o asociación compuesta por tres o más personas, las penas de este delito trepan de 4 años a 10 años de prisión o reclusión convirtiéndolo en un ilícito no excarcelable.
La labor de la fiscalía, realizada en colaboración con la Unidad de Investigaciones Penal Tributaria del Cuerpo de Investigaciones Judiciales (CIJ), logró establecer el circuito financiero utilizado por UBER para evadir impuestos en la Ciudad de Buenos Aires, estando el caso radicado en el Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas Nº 21, a cargo de la jueza Cristina Beatriz Lara. Durante el transcurso del debate se pudo demostrar los riesgos procesales existentes, los cuales resultan ser el peligro de fuga del imputado, como así también la posibilidad cierta de entorpecer el proceso de investigación que se está llevando adelante por parte de la fiscalía.
El Fiscal de Cámara Lapadu sostuvo que “se probaron las 44 salidas del país realizada por Otero durante los años 2016 y 2017, los distintos cambios de domicilio de la Empresa Uber Argentina, la falta de pago de más de un millón de pesos en impuesto a los Ingresos Brutos, todas las participaciones del imputado en los contratos firmados por él y Uber, además de ser accionista de la empresa cuyo objeto es el transporte público de pasajeros”.
Para Lapadú, también se puso en evidencia que:
- Uber no cumple con el bloqueo dictado por la Justicia de su Pagina Web, ni de la aplicación de telefonía celular, y además pudiendo auto limitarse en la CABA no lo hace.
- La AFIP tuvo que otorgarle su número de cuit de forma compulsiva, atento que la empresa no contesto los requerimientos de la Agencia Federal.
- No se adhirieron al blanqueo impositivo
- Existe un entramado de sociedades extranjeras y nacionales que están armadas para encubrir a UBER Argentina, las cuales tienen distintas tareas dentro de la organización delictiva, como lo es el pago a los choferes, el giro de los dividendos al exterior, la realización de publicidad y las oficinas de reclutamiento de conductores (oficinas móviles) .
- Explican desde la web como eludir la manda judicial y los bloqueos de las tarjetas de crédito.
“Así también se verificó la posibilidad cierta no solo de que se profugue Otero, sino de que entorpezca la investigación, al continuar, por ejemplo, borrando de forma remota el contenido de los teléfonos celulares que se secuestran en las decenas de allanamientos realizados y aquellos que se materialicen próximamente”, sostuvo el Fiscal de Cámara.
En los próximos días se continuará con el resto de los imputados Fernando Cao, Diego Olivera, Ricardo Mihanovich Murpy y Enrique Gibert, solicitando nuevas audiencias para evaluar los riesgos procesales con respecto a ellos. “El delito de evasión agravada se sigue consumando en la medida en que la página Web y la aplicación continúan operativas, por lo que el conjunto de los imputados se encuentra técnicamente en una situación de flagrancia que agrava y compromete notablemente su posición dentro del proceso” destacó el fiscal.
Así y todo, la Titular del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nro. 21, Dra. Cristina Lara, resolvió, en un fallo insólito, otorgar la libertad irrestricta al imputado sin imponerle siquiera la obligación de concurrir a los estrados judiciales cuando se lo cite. Ante esta decisión, el fiscal Lapadu sostuvo: “Apelaremos el fallo en todos sus términos esta curiosa decisión. Es realmente inconcebible pensar que el CEO de Uber no tenga posibilidad de eludir el accionar de la justicia ni entorpecer el proceso. Máxime cuando la propia magistrada reconoce la existencia de los riesgos procesales. Tampoco la Jueza dio tratamiento a las medidas de restricción que en forma alternativa fueron solicitadas por el Fiscal, y en muchos pasajes de su alocución resulta ser profundamente contradictoria. Se aparta groseramente de las pruebas producidas en la audiencia, lo que invalida su sentencia como acto jurisdiccional valido.”
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