CULTURA

Museos: el Gobierno eliminó la gratuidad para jubilados y estudiantes

En cambio, habilitó un sólo día gratuito por semana para el público en general.


El Ministerio de Cultura decidió eliminar la entrada gratuita para entrada estudiantes y jubilados para museos nacionales y, en cambio, habilitó un día gratuito por semana para el público en general.
 
La resolución fue publicada hoy en el Boletín Oficial y lleva la firma del ministro de Cultura, Pablo Avelluto, quien tuvo una intensa actividad esta semana luego de remover al titular del Instituto Nacional de Cine.
 

Según puede leerse en la resolución, lo recaudado de las entradas de estudiantes y jubilados, será “destinado a contribuir a la adquisición de obras artísticas, históricas o científicas y a la conservación, ampliación, equipamiento, refacción y modernización de los edificios”.
 
 
EL TEXTO COMPLETO:
 
Que, mediante la resolución citada en el Visto se fijó el valor de las entradas a los museos nacionales dependientes de la ex DIRECCIÓN NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN -actual MINISTERIO DE CULTURA-, manteniendo la gratuidad para menores de DOCE (12) años, jubilados y delegaciones escolares, como así también para el público en general UN (1) día de la semana.
 
Que, al respecto, por los artículos 1° y 2° de la Ley N° 17.321 y su modificatoria, se autorizó la implantación de un régimen de tarifas y aranceles para los museos nacionales, destinado a contribuir a la adquisición de obras artísticas, históricas o científicas y a la conservación, ampliación, equipamiento, refacción y modernización de los edificios y recintos en que funcionan, estableciendo que el régimen de tarifas y aranceles consistirá en la fijación de derechos que serán abonados por el público concurrente, en concepto de ingreso a esos establecimientos.
 
Que, basándose en los objetivos de la citada Ley, es necesario implementar un sistema de administración y gestión de los museos nacionales que permita atender equilibradamente la adquisición de las obras mencionadas y la conservación de los edificios, por una parte, pero sin dejar de estimular al mismo tiempo, una mayor concurrencia del público a dichos lugares.
 
Que, por lo antedicho, se estima adecuado adoptar un tratamiento promocional de los museos nacionales, eximiendo del pago de tarifas y aranceles al público concurrente, sin perjuicio de reservar la eventual aplicación del régimen que autoriza la Ley N° 17.321, para aquellos casos que, a criterio de este Ministerio y por las especiales características de determinados lugares o la relevante significación cultural de las obras que ellos se expongan, resulte necesaria la percepción de aquellos derechos.
 
Que, por esta razón, procede derogar la Resolución S.C. N° 348/09 y sus modificatorias.
 
Que, la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
 
Que, la presente medida se dicta en virtud de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y sus modificatorias y el artículo 18, in fine, de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549.

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