- Política
- 28.12.2016
LOS DERECHOS DE LOS ANIMALES
Los abogados de la orangutana Sandra lograron otra victoria judicial
La justicia decidió que continúe la causa por malos tratos contra funcionarios porteños que habían iniciado desde la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales.
La orangutana Sandra recibió una buena noticia para las fiestas. La Sala III del fuero Penal, Contravencional y de Faltas ordenó la continuación de una causa en defensa del animal que hace poco tiempo fue considerado por la Justicia como “sujeto no humano” en una causa contra varios funcionarios porteños por “malos tratos”, en donde se investiga actos de crueldad.
En julio pasado el juez Gustavo Letner declaró la extinción de la acción penal iniciada por Pablo Buompadre –miembro de la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales- en representación de la orangutana “Sandra”, alojada en el ex Zoológico porteño, y se sobreseyó a los encausados.
Según informó el sitio I Judicial, con los votos de Franza y Manes –el camarista Delgado se excusó-, el Tribunal revocó la resolución Letner.
Entre los argumentos del juez de cámara Jorge Franza para revocar la sentencia –a los que se adhirió Manes-, indicó que “el Judicante ordena intimar al querellante el día 30/06/2016, notificándolo de ello el 04/07/2016, y el 13 de julio siguiente tiene por desistida la acción privada, es decir, 5 días hábiles luego de haberle notificado la intimación” y, al resolver como lo hace, “el juez de primera instancia está finalizando el proceso actuando con un rigorismo formal excesivo, sin procurar darle al querellante un tiempo prudencial para responder a la intimación oportunamente cursada”.
En consecuencia, Franza sostuvo que “corresponde revocar la resolución puesta en crisis, ya que antes de tomar una decisión respecto de un supuesto desistimiento tácito, el Judicante debe darle a la querella la posibilidad de expedirse”. “Esta solución es la correcta a fin de resguardar el derecho que tienen todas las partes a ser oídas y de respetar el debido proceso”, agregó.
En lo que respecta a los derechos de la orangutana “Sandra”, el camarista señaló: “No puede soslayarse que nos encontramos frente a una situación particular, la presunta lesión a los derechos de un sujeto de derecho no humano, el cuál por motivos obvios no tiene capacidad para expresarse y por lo que requiere de una representación humana necesaria”.
Más aún, el juez citó el texto de la ley 14.346, “la que consagró un verdadero estatus de víctima en cabeza del animal no humano, más allá de la afectación de los sentimientos de ninguna otra persona, ni de la privacidad de los actos de maltrato o crueldad, ni de quién denuncie sin ser dueño, con lo que el bien jurídico protegido es precisamente la vida y la integridad física y emocional de ese animal que está siendo objeto de hechos delictivos que lesionan sus derechos”.
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