- Gobernar por DNU
- 30.12.2015
JUSTICIA
La Procuradora Gils Carbó rechazó el traspaso de las escuchas a la Corte
Gils Carbó dijo que el decreto es "inconstitucional" porque "eludió al parlamento".
En un comunicado publicado en la página de "fiscales.gov.ar", la procuradora afirmó "el esquema de división de poderes que consagra la Constitución Nacional argentina prohíbe al Presidente ejercer funciones legislativas" y sostuvo que "las escasas excepciones a esta prohibición exigen siempre la acreditación de situaciones de necesidad y urgencia, que no se dan en el caso".
"La decisión del Ejecutivo es inconstitucional pues elude el debate parlamentario sin justificación válida, mucho más cuando no se ha ejercido la facultad presidencial de convocar al Congreso de la Nación a sesiones extraordinarias. Desde la transferencia de las escuchas al Ministerio Público Fiscal, dispuesta mediante ley 27126 promulgada en marzo de este año, no hubo acciones judiciales con fundamento en los derechos que hoy se invocan para justificar el dictado del decreto 256/2015", se quejó.
La procuradora afirmó que "tampoco, se ha demostrado qué graves riesgos inminentes podría sufrir la sociedad si se le diera intervención al Congreso". "No obstante, el MPF garantiza la realización de acciones coordinadas con la Corte Suprema para asegurar la continuidad en la prestación del servicio como parte de su compromiso institucional con la seguridad ciudadana y la investigación del crimen organizado", aclaró.
La funcionaria destacó el trabajo hecho bajo su órbita y afirmó que "el traspaso de personal dispuesto por el decreto 256/2015 sólo puede entenderse a la luz de la facultad excluyente de la Procuradora General de la Nación de administrar los recursos humanos de la institución y del respeto irrestricto por los derechos de los trabajadores".
Bajo un capítulo del comunicado titulado "los resultados", la procuradora destacó que desde que la Procuración tomó la competencia de las escuchas "el tiempo de conexión en aquellos casos donde existe riesgo de vida, se redujo de 1 hora 40 minutos a un promedio de 20 minutos" y eso "permitió liberar más rápido a las víctimas cautivas en casos de secuestros extorsivos, además de recuperar el pago e incautar armas y bienes a los secuestradores".
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