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- 15.06.2015
Justicia ordenó al gobierno porteño brindar asistencia habitacional a una mujer y sus hijos
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires dispuso que el gobierno porteño debe brindar asistencia habitacional a una mujer, madre de cuatro hijos menores de edad, que dejó de convivir con el padre de los pequeños por hechos considerados como de violencia de género.
La Sala 1 del Tribunal confirmó la medida cautelar dictada en primera instancia que ordenó al gobierno de la Ciudad incluir a la mujer -de 30 años de edad- y a sus hijos "en alguno de los programas de emergencia habitacional disponibles que resulten acordes a sus necesidades”.
Los camaristas Ernesto Lima, Fabiana Schafrik y Mariana Díaz consideraron que se trata de "una mujer sola a cargo de cuatro hijos menores de edad", que, de acuerdo a un informe socio ambiental "realizaría tareas como empleada doméstica y sus ingresos económicos serían insuficientes para satisfacer sus necesidades”.
La mujer, según evaluó el tribunal "habría atravesado situaciones de violencia doméstica", en tanto que existe una "restricción de acercamiento contra el padre de los menores".
La ley 4.036 establece "la prioridad en el acceso a las distintas prestaciones de las políticas sociales que brinde el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a las personas que están en estado de vulnerabilidad social o de emergencia”.
La norma también prevé el derecho a un alojamiento para "aquellas personas que atraviesen situaciones de violencia doméstica y/o sexual" y "que se encuentren en situación de vulnerabilidad social”.
La Sala 1 del Tribunal confirmó la medida cautelar dictada en primera instancia que ordenó al gobierno de la Ciudad incluir a la mujer -de 30 años de edad- y a sus hijos "en alguno de los programas de emergencia habitacional disponibles que resulten acordes a sus necesidades”.
Los camaristas Ernesto Lima, Fabiana Schafrik y Mariana Díaz consideraron que se trata de "una mujer sola a cargo de cuatro hijos menores de edad", que, de acuerdo a un informe socio ambiental "realizaría tareas como empleada doméstica y sus ingresos económicos serían insuficientes para satisfacer sus necesidades”.
La mujer, según evaluó el tribunal "habría atravesado situaciones de violencia doméstica", en tanto que existe una "restricción de acercamiento contra el padre de los menores".
La ley 4.036 establece "la prioridad en el acceso a las distintas prestaciones de las políticas sociales que brinde el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a las personas que están en estado de vulnerabilidad social o de emergencia”.
La norma también prevé el derecho a un alojamiento para "aquellas personas que atraviesen situaciones de violencia doméstica y/o sexual" y "que se encuentren en situación de vulnerabilidad social”.
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