Invertirán 172 millones para viviendas sociales en la Villa Olímpica

El Ministerio de Desarrollo Urbano llamó a licitación para la realización de viviendas sociales en la Villa Olímpica de la Comuna 8. Lo hizo mediante la Resolución 140 en un llamado a la Licitación Pública Nº 528/2015 que cuenta con un presupuesto de $172.880.524.

“La ubicación del conjunto responde a la intención de contribuir al desarrollo de la Comuna 8, ubicada en la zona sur de la Ciudad Autónoma de Bs As. Para ello se plantean estas viviendas que servirán inicialmente para alojar a los concurrentes a los “Juegos Olímpicos de la Juventud 2018” y que, posteriormente, se destinarán a cubrir las necesidades habitacionales que se generarán como resultado de las diversas políticas de desarrollo planteadas para el área, tales como el Polo Farmacéutico, el Distrito de Deportes, la Terminal de Ómnibus, el Centro Logístico, los equipamientos olímpicos, el Hospital de Lugano, el Teatro Polo Circo y la Ciudad del Rock, entre otros”, indica el anexo de la Resolución.

“La presente Licitación es el resultado del Tercer y Cuarto Concurso de Anteproyectos de los 5 realizados, destinados a concretar la ejecución de la construcción de las viviendas ubicadas en el predio situado entre Av. Fernández de la Cruz, Av. Escalada y Av. Roca, para la Villa ubicados en la Comuna 8, de acuerdo a lo establecido en el Plan Urbano Ambiental”, añade el texto.

“En esta Licitación se construirán 4 (cuatro) edificios de viviendas y en las subsiguientes licitaciones se irán completando las restantes unidades del conjunto, que sumarán 35 edificios. La intención es lograr, a través de los Concursos, la formulación de un proyecto elaborado por distintos arquitectos que evite las situaciones de repetición u homogeneidad. Una vez realizados los “Juegos Olímpicos de la Juventud 2018” se pondrán en marcha mecanismos para generar otras unidades de manera de completar un barrio de viviendas que resulte fruto de diversos proyectos y obras”, aclaran.

“Los estacionamientos están previstos en los espacios ubicados bajo la “franja edificable” de cada parcela así como las salas de máquinas de servicios. Los espacios en Planta Baja serán utilizados para las actividades complementarias como locales comerciales y departamentos de uso profesional además de locales destinados a accesos peatonales y vehiculares, estacionamientos, circulaciones, recreación, servicios y áreas comunes. En estos locales de Planta Baja, se dejarán previstas las instalaciones indicadas en planos. Las obras a ejecutar respetarán los requerimientos del Código de Planeamiento Urbano y del Código de la Edificación de la Ciudad de Buenos Aires. Los edificios de esquina constan de SS, Planta Baja y seis pisos, más un retiro de tres pisos, y los edificios lindantes constan de SS, Planta Baja y seis pisos, más un retiro de un piso. Ambos cuentan con terrazas verdes en sus últimos niveles y su construcción será del tipo tradicional con estructura de hormigón armado y tabiquería de bloques cerámicos”, concluye el anexo.


COMENTARIOS