Un fallo de la Justicia reconoció el Trabajo Sexual

Un Tribunal declaró ilegítimo el procedimiento del Gobierno porteño para imponer clausuras y multas en domicilios de trabajadoras sexuales.

El Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N°8 declaró ilegítimo el procedimiento del Gobierno de la Ciudad para imponer clausura y multas en domicilios de trabajadoras sexuales. La jueza Natalia Molina dictaminó que “la falta de regulación específica sobre servicios personales de tipo sexual es una deuda que tiene la CABA con la sociedad”.

Georgina Orellano, secretaria general de la Asociación de Mujeres Meretrices de Argentina (AMMAR) celebró el fallo y expresó: “El proyecto de ley que presentamos con la diputada María Rachid en la Legislatura porteña  tiene por objeto regular la habilitación y funcionamiento de los establecimientos radicados en la Ciudad destinados a brindar servicios de índole sexual”. En esa línea, puntualizó: “Se considera trabajo sexual a los fines de esta ley, la actividad voluntaria y autónoma de ofrecer y/o prestar servicios de índole sexual a cambio de una retribución para beneficio propio”.

En esa línea, aseguró: “Esta es una oportunidad para que logremos el reconocimiento de nuestros derechos laborales como una obra social, una jubilación, derechos elementales a cualquier trabajador sin cesar en la lucha contra la trata de personas y el proxenetismo que se puede lograr con una mayor presencia del Estado para preservar a las trabajadoras sexuales de las situaciones de explotación y trata. Este fallo nos confirma que el camino de la lucha que llevamos adelante es acertado”.

 


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