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- 28.11.2014
Aumentan las multas y penas por reventa de entradas
La Legislatura porteña realizó una modificación del Código Contravencional de la Ciudad a través de la cual se aumentarán las multas por la reventa de entradas para los espectáculos públicos masivos. El proyecto, presentado por el presidente del Club Atlético Boca Juniors, Daniel Angelici, fue aprobado ayer.
Para la reventa de entradas para espectáculos masivos, artísticos o deportivos, las multas van de $ 2.000 a 10 días de arresto. Cuando las faltas sean cometidas por los organizadores las sanciones serán de entre $ 10.000 y 30 días de arresto. Además, si estas conductas produjeran alteraciones al orden público, o se produjeran en forma reiterada la sanción se elevará al doble.
El diputado Oscar Moscariello (PRO) comenzó el debate argumentando en su condición de legislador y vicepresidente del Club Atlético Boca Juniors a favor del proyecto. Explicó que actualmente, el Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires no prevé la reventa de entradas como un delito en sí mismo, sino que lo hace en los casos en que se produzcan aglomeraciones, desórdenes o incidentes como consecuencia.
Durante el intercambio de opiniones hubo coincidencias en la gravedad de la violación a los derechos de los espectadores, en particular para aquellos que asisten a los espectáculos futbolísticos, y la violencia que se registra en ellos; así como que la normativa es una nueva herramienta que se ofrece a los fiscales y a la policía lograda con un alto consenso legislativo.
La ley se sancionó con 53 votos positivos y las abstenciones de los diputados Alejandro Bodart y Marcelo Ramal quienes coincidieron en que "es una norma estéril" que "no se va a cumplir".
El proyecto fue presentado en forma particular por el presidente del Club Atlético Boca Juniors, Daniel Angelici quien entre los fundamentos sostiene que, junto a otros dirigentes futbolísticos, “nos propusimos buscar alternativas para ofrecer una respuesta institucional a esta problemática que se repite en el tiempo y ya está instalada en nuestra sociedad".
Actualmente en el Código Contravencional, la figura de reventa asociada a la provocación de aglomeraciones, desórdenes e incidentes, preve una multa que va desde los $ 300 a los $ 3.000 para el autor y de $ 1.000 a $ 10.000 para el organizador que participa o la avala. La ley sancionada hoy aumenta en el primer caso y para la venta de entradas de cortesía, de $ 2.000 a $ 30.000 e incorpora la posibilidad de que la sanción se aplique a través del cumplimiento efectivo de 2 a 10 días de arresto; y, en el segundo, lleva la escala de la multa a $ 10.000 a $ 50.000 y los días de arresto de 3 a 30. Además, se duplica la pena en los cas os en que se ejerza habitualmente la conducta o se produzcan alteraciones al orden público.
Para la reventa de entradas para espectáculos masivos, artísticos o deportivos, las multas van de $ 2.000 a 10 días de arresto. Cuando las faltas sean cometidas por los organizadores las sanciones serán de entre $ 10.000 y 30 días de arresto. Además, si estas conductas produjeran alteraciones al orden público, o se produjeran en forma reiterada la sanción se elevará al doble.
El diputado Oscar Moscariello (PRO) comenzó el debate argumentando en su condición de legislador y vicepresidente del Club Atlético Boca Juniors a favor del proyecto. Explicó que actualmente, el Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires no prevé la reventa de entradas como un delito en sí mismo, sino que lo hace en los casos en que se produzcan aglomeraciones, desórdenes o incidentes como consecuencia.
Durante el intercambio de opiniones hubo coincidencias en la gravedad de la violación a los derechos de los espectadores, en particular para aquellos que asisten a los espectáculos futbolísticos, y la violencia que se registra en ellos; así como que la normativa es una nueva herramienta que se ofrece a los fiscales y a la policía lograda con un alto consenso legislativo.
La ley se sancionó con 53 votos positivos y las abstenciones de los diputados Alejandro Bodart y Marcelo Ramal quienes coincidieron en que "es una norma estéril" que "no se va a cumplir".
El proyecto fue presentado en forma particular por el presidente del Club Atlético Boca Juniors, Daniel Angelici quien entre los fundamentos sostiene que, junto a otros dirigentes futbolísticos, “nos propusimos buscar alternativas para ofrecer una respuesta institucional a esta problemática que se repite en el tiempo y ya está instalada en nuestra sociedad".
Actualmente en el Código Contravencional, la figura de reventa asociada a la provocación de aglomeraciones, desórdenes e incidentes, preve una multa que va desde los $ 300 a los $ 3.000 para el autor y de $ 1.000 a $ 10.000 para el organizador que participa o la avala. La ley sancionada hoy aumenta en el primer caso y para la venta de entradas de cortesía, de $ 2.000 a $ 30.000 e incorpora la posibilidad de que la sanción se aplique a través del cumplimiento efectivo de 2 a 10 días de arresto; y, en el segundo, lleva la escala de la multa a $ 10.000 a $ 50.000 y los días de arresto de 3 a 30. Además, se duplica la pena en los cas os en que se ejerza habitualmente la conducta o se produzcan alteraciones al orden público.
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