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- 16.10.2014
Comenzó primer juicio por femicidio en la Ciudad
El Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico de la Defensoría General de la Nación representa, como querellante, a la familia de la victima.
El Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico de la Defensoría General de la Nación representa, como querellante, a la familia de la victima.
Se inició el pasado martes juicio a Maximiliano Giujusa, acusado de haber asesinado de 43 puñaladas a su pareja Andrea Soledad Mel, en febrero de 2013 en Villa Luro. Es la primera vez que se utiliza la figura de violencia de género como agravante de un homicidio en la Ciudad.
El proceso se inició ante el Tribunal Oral Criminal 26 porteño, integrado por Patricia Llerena, Marta Yungano y Eduardo García Reynoso. La acusación estará a cargo del fiscal Guillermo Pérez de la Fuente.
El Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico de la Defensoría General de la Nación representa, como querellante, a la familia de Mel (26), quien estuvo en pareja con Giujusa (38) durante siete años y tuvieron dos hijos. De acuerdo al organismo oficial, el 9 de febrero de 2013, Giujusa quien "había maltratado y sometido a Andrea en reiteradas oportunidades, entregó los hijos a su suegra y tapió la puerta de la casa que compartían en el barrio de Villa Luro".
La mujer "gritó pidiendo ayuda, pero su familia no pudo romper la puerta de ingreso al domicilio. Cuando la policía finalmente consiguió ingresar, la víctima había sido asesinada. Giujusa huyó por la terraza y saltó al vacío. Sufrió fractura de una pierna y quedó internado y detenido", añadió.
Al fundar el procesamiento del acusado, el juez de instrucción Javier Ríos consideró que "se dieron las circunstancias que indican que el homicidio ocurrió en el contexto de violencia de género, por las amenazas, por el pedido de auxilio de la mujer, las múltiples lesiones y por el abuso de la situación de vulnerabilidad de la víctima".
El debate continuó ayer en la sede del TOC 26, ubicado en Paraguay 1536 4to. piso y están previstas audiencias los días 27, 28 y 29 de este mes.
La ley 26.791 entró en vigor el 14 de diciembre de 2012, e incorporó el inciso 11 al artículo 80, del Código Penal que castiga con la pena de prisión o reclusión perpetua los asesinatos de mujeres cometidos por un hombre, en el contexto de violencia de género.
Se inició el pasado martes juicio a Maximiliano Giujusa, acusado de haber asesinado de 43 puñaladas a su pareja Andrea Soledad Mel, en febrero de 2013 en Villa Luro. Es la primera vez que se utiliza la figura de violencia de género como agravante de un homicidio en la Ciudad.
El proceso se inició ante el Tribunal Oral Criminal 26 porteño, integrado por Patricia Llerena, Marta Yungano y Eduardo García Reynoso. La acusación estará a cargo del fiscal Guillermo Pérez de la Fuente.
El Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico de la Defensoría General de la Nación representa, como querellante, a la familia de Mel (26), quien estuvo en pareja con Giujusa (38) durante siete años y tuvieron dos hijos. De acuerdo al organismo oficial, el 9 de febrero de 2013, Giujusa quien "había maltratado y sometido a Andrea en reiteradas oportunidades, entregó los hijos a su suegra y tapió la puerta de la casa que compartían en el barrio de Villa Luro".
La mujer "gritó pidiendo ayuda, pero su familia no pudo romper la puerta de ingreso al domicilio. Cuando la policía finalmente consiguió ingresar, la víctima había sido asesinada. Giujusa huyó por la terraza y saltó al vacío. Sufrió fractura de una pierna y quedó internado y detenido", añadió.
Al fundar el procesamiento del acusado, el juez de instrucción Javier Ríos consideró que "se dieron las circunstancias que indican que el homicidio ocurrió en el contexto de violencia de género, por las amenazas, por el pedido de auxilio de la mujer, las múltiples lesiones y por el abuso de la situación de vulnerabilidad de la víctima".
El debate continuó ayer en la sede del TOC 26, ubicado en Paraguay 1536 4to. piso y están previstas audiencias los días 27, 28 y 29 de este mes.
La ley 26.791 entró en vigor el 14 de diciembre de 2012, e incorporó el inciso 11 al artículo 80, del Código Penal que castiga con la pena de prisión o reclusión perpetua los asesinatos de mujeres cometidos por un hombre, en el contexto de violencia de género.
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