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- 31.07.2014
Reconocen el derecho a indemnización a un herido por el atentado a la AMIA
El fallo de la Sala I de la Cámara favoreció a Silvio Duniec, quien en julio de 2007 promovió demanda por los daños y perjuicios que sufrió por el ataque a la mutual judía.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal reconoció el derecho a indemnización de un herido durante el atentado a la AMIA y ordenó al Estado Nacional que le pague en efectivo, confirmaron fuentes judiciales.
Según constancias del expediente, el demandante recibió “diversas heridas” y desde entonces padece “una apreciable disminución de su capacidad auditiva”. Duniec también recibió “lesiones por esquirlas” en el cuero cabelludo, mano derecha y dorso de pie izquierdo y "varias cicatrices y la retracción del tendón de la mano derecha”.
El reclamante "presenta hipoacusia perceptiva bilateral moderada con caída de la percepción de los sonidos agudos, que definió como una secuela permanente" y “como resultado de esas lesiones, el porcentaje de incapacidad asciende al 25,92 por ciento”, agregó el fallo.
Los camaristas Clara do Pico, Rodolfo Facio y Carlos Grecco recordaron que el Estado Nacional “reconoció la responsabilidad que le incumbe” por el atentado contra el edificio de la calle Pasteur 633, perpetrado el 18 de julio de 1994, que provocó 85 muertos y centenares de heridos.
El tribunal evaluó que Duniec experimentó “un agudo cambio de carácter" ya que “se vio en el umbral de la muerte” porque “quedó enterrado en escombros y advirtió su buena suerte en comparación con el destino de muchas otras de las víctimas que perdieron la vida en el hecho".
Aunque no trascendió el monto de la condena, el tribunal dispuso que la indemnización “sea excluida de la consolidación dispuesta en la ley 25.344”, que establecía la posibilidad de satisfacer con la entrega de bonos públicos las sentencias contra el Estado.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal reconoció el derecho a indemnización de un herido durante el atentado a la AMIA y ordenó al Estado Nacional que le pague en efectivo, confirmaron fuentes judiciales.
Según constancias del expediente, el demandante recibió “diversas heridas” y desde entonces padece “una apreciable disminución de su capacidad auditiva”. Duniec también recibió “lesiones por esquirlas” en el cuero cabelludo, mano derecha y dorso de pie izquierdo y "varias cicatrices y la retracción del tendón de la mano derecha”.
El reclamante "presenta hipoacusia perceptiva bilateral moderada con caída de la percepción de los sonidos agudos, que definió como una secuela permanente" y “como resultado de esas lesiones, el porcentaje de incapacidad asciende al 25,92 por ciento”, agregó el fallo.
Los camaristas Clara do Pico, Rodolfo Facio y Carlos Grecco recordaron que el Estado Nacional “reconoció la responsabilidad que le incumbe” por el atentado contra el edificio de la calle Pasteur 633, perpetrado el 18 de julio de 1994, que provocó 85 muertos y centenares de heridos.
El tribunal evaluó que Duniec experimentó “un agudo cambio de carácter" ya que “se vio en el umbral de la muerte” porque “quedó enterrado en escombros y advirtió su buena suerte en comparación con el destino de muchas otras de las víctimas que perdieron la vida en el hecho".
Aunque no trascendió el monto de la condena, el tribunal dispuso que la indemnización “sea excluida de la consolidación dispuesta en la ley 25.344”, que establecía la posibilidad de satisfacer con la entrega de bonos públicos las sentencias contra el Estado.
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