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- 03.07.2014
Juicio por jurados: elevan proyecto a la Legislatura
El Consejo de la Magistratura porteño elevó a la Legislatura el proyecto que impulsa la instauración del Juicio por Jurados en la Ciudad.
La iniciativa fue elaborada por una Comisión Redactora ad Honorem, conformada por juristas, académicos, consejeros y legisladores, que funcionó en el ámbito del Consejo.
El presidente del Consejo, Juan Manuel Olmos, destacó “el consenso alcanzado en la redacción del proyecto” y señaló que “es muy importante involucrar a la ciudadanía en el proceso penal y ampliar la participación popular en la Ciudad, cuya Constitución plantea esa participación como herramienta para resolver los problemas de la sociedad”.
Entre otros puntos, el proyecto indica que este sistema deberá ser obligatorio en el fuero penal para todos aquellos delitos que tengan una pena mínima en abstracto de 8 o más años (de acuerdo a las competencias actuales sería portación de armas de fuego de uso civil agravada y abandono de persona seguido de muerte). Además, podrá utilizarse, a pedido del acusado, para las causas por amenazas, usurpación, abandono de persona o ejercicio ilegal de la medicina, entre otras. Además se respetará la equidad de género en la composición del cuerpo de doce miembros legos.
Para ser integrante del jurado se requerirá ser argentino, con dos años de ejercicio de la ciudadanía en el caso de los naturalizados, tener entre 18 y 75 años de edad, saber leer y escribir, tener domicilio conocido y una residencia inmediata no inferior a cuatro años en la Ciudad. En cambio, no podrán ser convocados abogados, escribanos, funcionarios públicos, miembros del Poder Judicial ni los ciudadanos condenados a pena privativa de libertad. Será una carga pública y quienes salgan sorteados podrán excusarse con causales legítimas como también ser recusados por cada una de las partes.
Según se informó en un comunicado, el Consejo de la Magistratura elaborará el padrón de personas que cumplan los requisitos previstos en esta ley que estén registrados en el padrón electoral de la Ciudad a través de la Oficina de Jurados el primer día hábil del mes de octubre de cada año. Dentro de los quince días hábiles anteriores al inicio del juicio, y previa notificación a las partes, la Oficina de Jurados procederá en acto público al sorteo del triple de los jurados necesarios para integrar el tribunal de jurados correspondiente y para cada juicio. El sorteo se hará de la lista oficial definitiva de jurados divididos en mitades por sexo. El jurado quedará constituido el mismo día que se desarrolle el juicio.
Los tres veredictos que, por unanimidad, podrá votar el jurado serán “Culpable”, “no culpable” o “no culpable por inimputabilidad”. Si el fallo fuese absolutorio será irrecurrible.
Es preciso mencionar que Consejo de la Magistratura de la Ciudad creó, por resolución, esta Comisión Redactora para la proyección de una norma que instituya y regule el Juicio por Jurados, como aporte del Poder Judicial a la construcción de las herramientas necesarias para la asunción y ejercicio efectivo de sus competencias jurisdiccionales en cumplimiento de los mandatos constitucionales.
Formaron parte de la Comisión: el juez y ex consejero, Gustavo Letner, el consejero Sebastián De Stefano, los legisladores porteños Aníbal Ibarra y Helio Rebot; el Presidente y Vice de la Asociación Argentina de Juicio por Jurados, Héctor Granillo Fernández y Andrés Harfuch; las Juezas de la Ciudad Marta Paz, Carla Cavaliere y Claudia Alvaro; el juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal, Gustavo Bruzzone; el Juez de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico, Edmundo Hendler, los representantes de la Fiscalía de la Ciudad Luis Cevasco y Santiago Otamendi; los jueces de la provincia de Córdoba, Aída Tarditti y Víctor Vélez; Luis Duacastella Arbizu, en representación de la Defensoría General porteña y Mariano Pinciroli, por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. También participó el jurista Alberto Binder.
Fuente: Diario Z
La iniciativa fue elaborada por una Comisión Redactora ad Honorem, conformada por juristas, académicos, consejeros y legisladores, que funcionó en el ámbito del Consejo.
El presidente del Consejo, Juan Manuel Olmos, destacó “el consenso alcanzado en la redacción del proyecto” y señaló que “es muy importante involucrar a la ciudadanía en el proceso penal y ampliar la participación popular en la Ciudad, cuya Constitución plantea esa participación como herramienta para resolver los problemas de la sociedad”.
Entre otros puntos, el proyecto indica que este sistema deberá ser obligatorio en el fuero penal para todos aquellos delitos que tengan una pena mínima en abstracto de 8 o más años (de acuerdo a las competencias actuales sería portación de armas de fuego de uso civil agravada y abandono de persona seguido de muerte). Además, podrá utilizarse, a pedido del acusado, para las causas por amenazas, usurpación, abandono de persona o ejercicio ilegal de la medicina, entre otras. Además se respetará la equidad de género en la composición del cuerpo de doce miembros legos.
Para ser integrante del jurado se requerirá ser argentino, con dos años de ejercicio de la ciudadanía en el caso de los naturalizados, tener entre 18 y 75 años de edad, saber leer y escribir, tener domicilio conocido y una residencia inmediata no inferior a cuatro años en la Ciudad. En cambio, no podrán ser convocados abogados, escribanos, funcionarios públicos, miembros del Poder Judicial ni los ciudadanos condenados a pena privativa de libertad. Será una carga pública y quienes salgan sorteados podrán excusarse con causales legítimas como también ser recusados por cada una de las partes.
Según se informó en un comunicado, el Consejo de la Magistratura elaborará el padrón de personas que cumplan los requisitos previstos en esta ley que estén registrados en el padrón electoral de la Ciudad a través de la Oficina de Jurados el primer día hábil del mes de octubre de cada año. Dentro de los quince días hábiles anteriores al inicio del juicio, y previa notificación a las partes, la Oficina de Jurados procederá en acto público al sorteo del triple de los jurados necesarios para integrar el tribunal de jurados correspondiente y para cada juicio. El sorteo se hará de la lista oficial definitiva de jurados divididos en mitades por sexo. El jurado quedará constituido el mismo día que se desarrolle el juicio.
Los tres veredictos que, por unanimidad, podrá votar el jurado serán “Culpable”, “no culpable” o “no culpable por inimputabilidad”. Si el fallo fuese absolutorio será irrecurrible.
Es preciso mencionar que Consejo de la Magistratura de la Ciudad creó, por resolución, esta Comisión Redactora para la proyección de una norma que instituya y regule el Juicio por Jurados, como aporte del Poder Judicial a la construcción de las herramientas necesarias para la asunción y ejercicio efectivo de sus competencias jurisdiccionales en cumplimiento de los mandatos constitucionales.
Formaron parte de la Comisión: el juez y ex consejero, Gustavo Letner, el consejero Sebastián De Stefano, los legisladores porteños Aníbal Ibarra y Helio Rebot; el Presidente y Vice de la Asociación Argentina de Juicio por Jurados, Héctor Granillo Fernández y Andrés Harfuch; las Juezas de la Ciudad Marta Paz, Carla Cavaliere y Claudia Alvaro; el juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal, Gustavo Bruzzone; el Juez de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico, Edmundo Hendler, los representantes de la Fiscalía de la Ciudad Luis Cevasco y Santiago Otamendi; los jueces de la provincia de Córdoba, Aída Tarditti y Víctor Vélez; Luis Duacastella Arbizu, en representación de la Defensoría General porteña y Mariano Pinciroli, por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. También participó el jurista Alberto Binder.
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