COMUNA 15

La Justicia autorizó la demolición de un chalet histórico de Parque Chas

La justicia resolvió rechazar la precautelar para frenar la demolición del chalet ubicado en Ávalos y La Pampa. Con esta medida, el Patrimonio porteño pierde otro inmueble de valor histórico.


El juez en lo contencioso, administrativo y tributario N° 2 en feria Aurelio Ammirato dejó sin efecto la medida precautelar que evitaba la demolición del centenario chalet ubicado en La Pampa y Ávalos, en el barrio de Parque Chas. 
 
“Nos despedimos de otra casa patrimonial”, decían en la asamblea Somos Parque Chas, que había organizado una serie de manifestaciones en defensa de este inmueble.
 
Ante un amparo de las agrupaciones vecinales Basta de Demoler y el Observatorio del Derecho a la Ciudad, a comienzos de enero la Justicia había emitido una medida precautelar que detenía la demolición del chalet, la cual había iniciado a mediados de diciembre, apenas el Gobierno porteño había dado el permiso de demolición.
 
Las entidades argumentaron que el chalet es una propiedad de gran valor patrimonial y cultural y que hace a la historia de Parque Chas, ya que es el único en su tipo que llega a nuestros días con buen nivel de conservación. Del centenar de casa originales, la mayoría de demolió y otras tantas han sufrido modificaciones. En esa parcela se tiene prevista la construcción de un edificio de planta baja y dos pisos.
 
Entre los argumentos, Ammirato sostuvo que “Cabe destacar que, dado que toda decisión en materia cautelar es provisoria, la actual denegatoria no significa abrir juicio sobre la procedencia sustancial de la acción; aspecto cuyo examen deberá ser abordado al dictar sentencia definitiva sobre el mérito de la pretensión y la defensa; es decir, una vez agotado el debate y recolectada la totalidad de los elementos de convicción que pudieran ser aportados durante la sustanciación del trámite”. 
 
“En mérito a las consideraciones vertidas, textos legales, doctrina y jurisprudencia citados, y de conformidad con lo dictaminado el Ministerio Público Fiscal; RESUELVO: No hacer lugar a la medida cautelar solicitada en la demanda y, en consecuencia, dejar sin efecto la medida precautelar dispuesta en la actuación 5415/25”, indica el fallo de Ammirato.

Jonatan Baldivieso, presidente del Observatorio del Derecho a la Ciudad, expresó que, al haberse rechazado la precautelar, “ya no hay orden judicial que suspenda la demolición”.



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