- Política
- 12.08.2017
ELECCIONES LEGISLATIVAS 2017
PASO: Garantizan la accesibilidad para personas con discapacidad
Cada establecimiento contará con rampas que faciliten el acceso y desplazamiento, indicaciones claras y dispositivos para no videntes y un Cuarto Oscuro Accesible, que debe estar ubicado cerca de la puerta de ingreso al lugar.
Las personas con discapacidad visual podrán ingresar al cuarto oscuro con alguna persona que lo asista, si así lo desea, o también podrá requerir la ayuda del presidente de mesa e, incluso, podrá ingresar con su perro guía. Todas las personas con discapacidad o, incluso, con una limitación física permanente o transitoria, pueden utilizar la asistencia para votar, informó Télam.
El voto asistido tiene una particularidad, ya que la persona que asiste debe mostrar su documento de identidad y sus datos personales quedarán inscriptos en el padrón electoral, sin que puedan ayudar a otra persona en la misma elección. En el caso de que sea el presidente de mesa quien asista, éste hará todo lo necesario para que se respete el secreto del voto, y podrá asistir a todas las personas que así lo requieran durante la elección.
Además, también existe la posibilidad de que se requiera la utilización del Cuarto Oscuro Accesible (COA), con el que deberán contar todos los establecimientos de votación. El mismo estará ubicado en un lugar cercano a la puerta de ingreso del establecimiento, también está destinado a adultos mayores, mujeres embarazadas, personas que sufren lesiones temporales en miembros superiores o inferiores, personas con discapacidades invisibles (pacientes con cardiopatías, diálisis o en tratamientos oncológicos, enfermedades psiquiátricas no incapacitantes, entre otras).
Estas medidas tienen como único fin promover el pleno e integral acceso de la ciudadanía a las múltiples etapas que constituyen el proceso electoral, garantizando el derecho de las personas con discapacidad a participar plena y efectivamente en la vida política, según define el Ministerio de Justicia y la Cámara Nacional Electoral.
Si en el establecimiento de votación existieran barreras arquitectónicas (escalones, escaleras) deberá dirigirse al Delegado de la Justicia Nacional Electoral o al personal del Comando General Electoral, quienes le proporcionarán la ayuda necesaria para que pueda ejercer su derecho.
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