LEGISLATURA

Ciudad: más restricciones para las persona que circulen en moto

Los acompañantes deberán llevar chalecos con el número de patente bien visible. En algunas zonas y horarios sólo podrá circular una personas.


La Legislatura aprobó una ley que obliga a los acompañantes que viajen en moto a llevar chalecos con el número de patente bien visible. En determinados lugares, días y horarios no se permitirán acompañantes en las motos.
 
"En caso de trasladar un acompañante, el mismo debe llevar un chaleco reflectante que tenga impreso en la parte delantera y trasera el número de dominio del motovehículo", dice el primer artículo de una ley sancionada hoy por la Legislatura porteña sobre la circulación de las motos en la Ciudad de Buenos Aires.

La prohibición regirá en el área delimitada por la avenida Córdoba, Carlos Pellegrini, Rivadavia y L. N. Alem, de lunes a viernes, entre las 10 y las 16.
 
Las sanciones que se aplicarán incluyen la retención de las motos, multas de 100 unidades fijas que se elevan a 200 cuando se trata de la circulación no autorizada de un acompañante o la no utilización del chaleco reflectante con el número de dominio, más la aplicación de inhabilitación para conducir de 5 a 10 días. Cada unidad fija equivale actualmente a $ 10,40, con lo cual las multas oscilarán entre $ 1.040 y $ 2.080.
 
Lo aprobado son modificaciones al Código de Tránsito y Transporte en lo referido a la circulación de motocicletas, en base a un proyecto de los diputados Daniel Presti, Juan Pablo Arenaza, Alejandro García y Carmen Polledo (PRO) que fue largamente analizado, discutido y reelaborado en las comisiones legislativas de Tránsito y Transporte, que preside Claudio Palmeyro (SP), y de Justicia, que conduce Presti.
 
El despacho de mayoría de ambas comisiones considera que los "delitos cometidos a bordo de motocicletas fueron conocidos a raíz de las denominadas salideras bancarias en la zona del microcentro y se fueron extendiendo a otras zonas de la ciudad utilizando el motovehículo para otros tipos de arrebatos callejeros, sustrayendo bienes portados por las personas en la vía pública, tales como teléfonos móviles, carteras, bolsos, maletines, entre otros objetos".
 
Señala también "la dificultad que se suscita para identificar y aprehender a los delincuentes al momento del atraco ya que, muchas veces, no pueden ser identificados por sus víctimas porque el casco, de uso obligatorio, oculta el rostro del agresor".

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