- Política
- 01.09.2016
DESPUÉS DEL FALLO JUDICIAL
Podrán hacer juicio los que pagaron más de un alquiler de comisión
Gervasio Muñoz, titular de Inquilinos Agrupados, aseguró a Nueva Ciudad que "los inquilinos que hayan pagado comisiones más elevadas que el 4,15%" desde 2007 podrán reclamar en la Justicia.
Luego de que el juez Marcelo Segón le diera la razón a ACIJ (Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia) y a Inquilinos Agrupados en su cruzada por limitar las comisiones inmobiliarias su titular, Gervasio Muñoz dialogó con Nueva Ciudad. Según el análisis que realizó Muñoz, aquellas personas que hubiesen pagado más del 4,15% de comisión desde 2007 podrán pedir que sean devueltas. “Siempre y cuando tengan pruebas tales como facturas o mails de los contratos”, alclaró.
–¿Cómo tomó el fallo que limita las comisiones inmobiliarias al 4,15%?
–Es un fallo que sentará precedente en todo el país. Para nosotros en una gran victoria y la primera sobre el mercado inmobiliario. Lo segundo es que le dimos voz de un sector que estaba completamente invisibilizado y al cuál la Ciudad no le destina políticas públicas. Hasta ahora nuestro diálogo es con el mercado inmobiliario y la justicia, pero esperamos que la clase política se haga eco porque afecta al 32% dela población.
–A pesar de que la Justicia había suspendido el cobro de comisiones mayores al 4,15%, algunas inmobiliarias continuaron con los cobros abusivos. En muchos casos los inquilinos están desprotegidos para reclamar. ¿Qué cambia con el fallo?
–La diferencia es que el la Justicia le impuso al Colegio de Corredores Inmobiliarios un multa de $20 mil diarios en caso de incumplimiento. Sería grave para sus finanzas que incumplan el fallo.
–¿Si insisten en cobrar comisiones mayores al 4,15% qué pueden hacer?
– Tienen que denunciar en Defensoría del Inquilino de la Defensoría del Pueblo, en el Ministerio Público de la Defensa, en el Colegio de Corredores Inmobiliarios o en Inquilinos Agrupados.
–¿Qué ocurrirá en caso de que haya una apelación del Colegio?
– La apelación no suspende la cautelar por lo tanto tienen que cobrar un mes de comisión. La ley es de 2007 y la resolución es de enero. Los inquilinos que hayan pagado comisiones más elevadas que el 4,15% en ese período podrían reclamar siempre y cuando tengan pruebas tales como facturas o mails de los contratos.
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