PRESENTAN UNA IMPUGNACION CONTRA LA MARCHA ATRAS EN LA DESMANICOMIALIZACION

Organizaciones sociales se movilizaron en defensa de la ley de salud mental

En la movilización reclamaron la anulación de la resolución ministerial que impulsa el retorno al antiguo sistema manicomial. Denuncian que el cambio vulnera los derechos de los pacientes.

La Red Nacional de Salud Mental Comunitaria y de Derechos Humanos se presentó ante el ministro de Salud de la Nación, Jorge Lemus, para “impugnar y pedir la anulación” de la resolución 1003/2016, que en los hechos significa un retorno “al antiguo sistema manicomial”, dado que se dejaría sin efecto la normativa que regulaba la aplicación efectiva de Ley Nacional de Salud Mental.

Esa ley propicia la reduccción de las internaciones de pacientes en los hospitales psiquiátricos –públicos y privados–, y promueve la atención multidisciplinaria, ambulatoria y comunitaria. La Red, que nuclea a más de 40 organizaciones en todo el país, sostuvo que impugna la resolución mencionada porque “adolece de vicios en su causa, en su objeto, en el procedimiento, en su motivación y en su finalidad, que la tornan nula”.

El periodista Carlos Rodríguez publicó en Página 112 que  de ser denegado el recurso administrativo ante las autoridades nacionales, la Red hará una presentación ante la Justicia. Las entidades que impugnaron la resolución 1003 del Ministerio de Salud de la Nación señalaron, como dato central, que la medida constituye una violación flagrante a la Ley Nacional de Salud Mental.

Por otro lado, el 22 de junio pasado, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), el Colegio de Psicólogos de la provincia de Buenos Aires, y la Asociación por los Derechos en Salud Mental, integrantes de la Red, habían solicitado una audiencia pública para que las autoridades informaran sobre “el grado de implementación de la Ley de Salud Mental”; el trámite nunca se cumplió.

En el recurso administrativo presentado ante Lemus, se pide que “se disponga la suspensión de los efectos de la resolución impugnada hasta tanto se resuelva la presente impugnación por mediar evidentes razones de interés público y para evitar perjuicios a las/os interesados”. El planteo se justifica en el hecho de que la aplicación de la resolución 1003 “implica dejar sin efecto”, en los hechos, la Ley Nacional de Salud Mental porque se restablece “la normativa que regía el sistema de salud con anterioridad a la sanción” de dicha ley. Ese retroceso en la legislación afectaría “a un número indeterminado de personas con discapacidad psico-social cuyos derechos se encuentran protegidos por tratados internacionales” de Derechos Humanos y normas “de jerarquía constitucional”.

La medida “pone en juego y en riesgo su derecho a la salud, en particular a la salud mental, y sus derechos a vivir de forma independiente y ser incluido en la comunidad”. Las organizaciones firmantes recuerdan que forman parte de una red que trabaja “en defensa de los derechos humanos de las personas usuarias de los servicios de salud mental” y en el marco de esa función promueven “la plena implementación” de la Ley de Salud Mental, acorde a los principios de la Convención sobre los DDHH de las personas con Discapacidad (CDPD). Por esa razón impugnan una disposición que deja sin efecto la resolución 1484/15 “única norma destinada a implementar” la mencionada Ley de Salud Mental, “en tanto regulaba las normas mínimas para habilitación de establecimientos y servicios de salud Mental y adicciones”.

En el escrito se recuerda que la resolución 1484 “estipulaba a nivel nacional las condiciones mínimas a las cuales debían sujetarse tanto las instituciones públicas como privadas para obtener la habilitación como establecimientos de Salud Mental y Adicciones”. Al mismo tiempo, esa norma “derogaba a la antigua resolución 1121/86” que determinaba las condiciones que debían cumplir las instituciones psiquiátricas. Afirman que la resolución 10003/2016 dictada por el actual gobierno contiene “una afirmación falsa relativa a los antecedentes jurídicos” dado que afirma que la resolución 1484 tenía vigencia sólo para la Ciudad de Buenos Aires, cuando “es de público conocimiento” que “rige para todo el país”.

Al mismo tiempo, el Ministerio no aclara en su resolución actual “si ha garantizado la debida participación al colectivo que se verá afectado con el dictado de la norma en cuestión” y eso “no permite evaluar” si se han cumplido los requisitos administrativos. También se cuestiona el hecho de que la Comisión creada para habilitar y fiscalizar los establecimientos neuropsiquiátricos pueda ser regida por las normas vigentes con anterioridad a la resolución 1484, que el gobierno pretende derogar. Si fuera así se reimplantaría el “antiguo sistema manicomial” que “se asienta sobre el sistema hospitalocéntrico y prevé un máximo de 90 camas para los establecimientos neuropsiquiátricos”, mientras que la resolución 1484 “tiende justamente a lo opuesto, a generar salas destinadas a salud mental dentro de hospitales o clínicas polivalentes” en donde se establece que “las camas o salas destinadas a la internación de salud mental deberán estar integradas a la estructura edilicia del establecimiento, al igual que las otras especialidades”. 

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