JUSTICIA
Aumentan indemnización por suicidio de un paciente psiquiátrico que había escapado de hospital Alvear
La Cámara de Apelaciones decidió elevar de 50.000 a 150.000 pesos el importe en concepto de daño moral.

La sentencia confirmó la responsabilidad del Estado porteño ante el daño producido por la falta de medidas de seguridad adecuadas para evitar el escape del establecimiento y el fatídico desenlace.
La Sala I de la Cámara, conformada por los jueces Mariana Díaz, Fabiana Schafrik y Fernando Juan Lima -en calidad de subrogante-, resolvió hacer lugar a un recurso de apelación presentado por la madre de un paciente psiquiátrico que se suicidó tras fugarse del Hospital de Emergencias Psiquiátricas Torcuato de Alvear, en reclamo del incremento del monto otorgado en una causa de daños y perjuicios.
Según informó el sitio de noticias Ijudicial.gob.ar, en la sentencia se dispuso elevar de 50.000 a 150.000 pesos la indemnización ordenada en concepto de daño moral ante la responsabilidad del Estado por la falta de cuidados adecuados y custodia del paciente, lo que permitió que cometiera suicidio en junio de 2003.
El fallo, firmado el pasado 2 de septiembre, detalla que "el paciente tenía un antecedente fallido de intento de suicidio y fue internado por orden judicial en el Hospital Alvear, institución especializada en psiquiatría, con diagnóstico de psicosis aguda", y precisa que "los galenos que lo examinaron en el Hospital Alvear señalaron la peligrosidad del señor" y "la necesidad de tomar los recaudos y cuidados necesarios ante el retiro de la custodia policial".
"El daño moral queda ligado al padecimiento que inevitablemente provoca una muerte violenta que tuvo lugar, según ya fue dicho en el considerando precedente, frente a la desprotección suscitada por el incumplimiento del deber de seguridad que pesaba sobre el demandado en función del diagnóstico efectuado en el Hospital Alvear", indica la sentencia.
"El daño moral queda ligado al padecimiento que inevitablemente provoca una muerte violenta que tuvo lugar, según ya fue dicho en el considerando precedente, frente a la desprotección suscitada por el incumplimiento del deber de seguridad que pesaba sobre el demandado en función del diagnóstico efectuado en el Hospital Alvear"
"En tales condiciones, teniendo en consideración la entidad de la pérdida sufrida por la actora agravada por las condiciones en las que se produjo el deceso de su hijo, resulta pertinente elevar el importe reconocido en la instancia de grado a la suma de ciento cincuenta mil pesos (150.000 pesos) a valores actuales a la fecha del pronunciamiento cuestionado", agrega.
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