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- 14.07.2015
El Gobierno porteño deberá actualizar retroactivo salarial con índice de precios de la Ciudad
Por reclamo de empleados estatales, la Justicia porteña condenó al Gobierno de la Ciudad a pagar un retroactivo salarial actualizado con su nuevo ente de medición de precios.
La Justicia porteña determinó que el Ejecutivo local deberá pagar un retroactivo salarial acorde con lo que indica el Índice de Precios al Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires (Ipcba).
Así lo determinó el juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Marcelo López Alfonsín, al hacer lugar al reclamo del empleado estatal porteño Hugo Horacio Bentivenga. Así, el magistrado reconoció el carácter “remunerativo” de los suplementos salariales consignados como códigos 245 y 345 que “fueron abonados de manera continua y permanente por el Gobierno de la Ciudad”.
Pese a ello la administración local considerada a esos rubros como “no remunerativos”, lo que generaba un perjuicio económico al trabajador, por ejemplo en sus aguinaldos, ya que no se lo contabilizaba como parte del salario, indicaron los informantes. El magistrado reconoció el carácter “remunerativo” de ambos rubros, y ordenó que se actualizaran los salarios “de acuerdo a los índices inflacionarios establecidos por el Indec de abril de 2006 hasta junio del año 2013”.
Pero como ese año el gobierno porteño creó su propio índice, el juez dispuso que la actualización se deberá calcular “por el Índice de Precios al Consumidor de la Caba desde dicha fecha en adelante”. El gobierno porteño elaboró el índice de precios porteño "para medir los cambios en el tiempo del nivel de precios de los bienes y servicios adquiridos para el consumo por los hogares de la Ciudad”.
La Justicia porteña determinó que el Ejecutivo local deberá pagar un retroactivo salarial acorde con lo que indica el Índice de Precios al Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires (Ipcba).
Así lo determinó el juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Marcelo López Alfonsín, al hacer lugar al reclamo del empleado estatal porteño Hugo Horacio Bentivenga. Así, el magistrado reconoció el carácter “remunerativo” de los suplementos salariales consignados como códigos 245 y 345 que “fueron abonados de manera continua y permanente por el Gobierno de la Ciudad”.
Pese a ello la administración local considerada a esos rubros como “no remunerativos”, lo que generaba un perjuicio económico al trabajador, por ejemplo en sus aguinaldos, ya que no se lo contabilizaba como parte del salario, indicaron los informantes. El magistrado reconoció el carácter “remunerativo” de ambos rubros, y ordenó que se actualizaran los salarios “de acuerdo a los índices inflacionarios establecidos por el Indec de abril de 2006 hasta junio del año 2013”.
Pero como ese año el gobierno porteño creó su propio índice, el juez dispuso que la actualización se deberá calcular “por el Índice de Precios al Consumidor de la Caba desde dicha fecha en adelante”. El gobierno porteño elaboró el índice de precios porteño "para medir los cambios en el tiempo del nivel de precios de los bienes y servicios adquiridos para el consumo por los hogares de la Ciudad”.
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