Un fallo de la Justicia ordena al gobierno porteño demoler cinco pisos de un edificio

El edificio ya está terminado pero las viviendas no pueden adjudicarse porque la autorización que extendió el gobierno de la Ciudad es considerada “ilegal” por la Justicia porteña.

Jonatan Baldiviezo, integrante del Observatorio de Derecho de la Ciudad y representante de los vecinos afectados, explicó a Nueva Ciudad que “el fallo ordena al gobierno de la Ciudad Buenos Aires readecuar la obra de acuerdo a la normativa vigente”.

Las normas en las que se basó el juez para tomar su decisión de ordenar la demolición son: “El Código de Planeamiento urbano, que establece para esa zona una altura de tres piso como máximo; y en segunda instancia el Código de Edificación que establece que cuando se detecta una obra ilegal y está afectando a las familias linderas se tiene que demoler”, explicó Baldiviezo.

El gobierno porteño “tomó el permiso de obra” y de esa manera “autorizó la construcción basándose en una excepción del Código de Planeamiento”, indicó el abogado de las familias afectadas. El permiso otorgado por la Ciudad se basó en que “cuando hay una parcela en la que se establece una altura máxima por ejemplo de dos o tres pisos, pero a la vez está rodeada por dos edificio que superan la cantidad metros permitida, entones el código extiende el límite de altura hasta la de los edificios que la rodean”, detalló Baldiviezo.

En este caso no se aplicaría porque “hay un edifico que supera los 15 metros pero del otro lado hay una casa de dos pisos”, indicó el abogado. El juez ordenó “al gobierno porteño y la empresa constructora la readecuación de la obra”, explicó Baldiviezo y agregó que lo que “debería ocurrir es que el gobierno ordene la demolición y la empresa la efectúe”.

“El fallo no pone plazos para la demolición, da la orden inmediata al gobierno de que realice la readecuación de la obra, aunque la sentencia no está firme todavía porque tanto el gobierno porteño y la empresa presentaron sus respectivas apelaciones”, concluyó Baldiviezo.


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